Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley considera: PROCEDENTE DECLARAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes, de los ciudadanos: FELIX JOSE DONADO GARCIA Y CORAL OBSALIDES BURGOS ROMERO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-6.490.413 y V-6.800.458, respectivamente, y en consecuencia se declara: DISUELTO el vinculo conyugal que los une, contraído el día 14 de Febrero de 2014, por ante el Registro Civil de la Parroquia Carayaca, Municipio Vargas. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes.