Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el criterio jurisprudencial contenido en la Sentencia número 693-2015 en concordancia con la sentencia 446-2014 emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por consiguiente declara DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos MAYIDA SOFIA CACHUTT ALE y JAIME MATA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.057.463 y V-10.503.651, respectivamente, contraído por ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas (hoy estado La Guaira), asentada bajo el N°10, Folio 10 del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevado por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes.