ABSUELVE a los ciudadanos JORGE JOSE MAYORA MAYORA, GENYS EDUARDO FIGUERA REQUENA Y JHON MARQUEZ LUGO, portadores de las cédulas de identidad N° V-12.166.757, V-14.312.793, y V-17.710.596, respectivamente, de la acusación presentada en su contra por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previstos y sancionados en los artículos 460 y 278 del Código Penal Vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en los grados de participación señalados en el cuerpo de la presente sentencia, en contra de los ciudadanos MARITZA FATIMA GONCALVES y ANDRES CORREIA TEXEIRA, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo previsto en el ordinal 7° del artículo 108 ejusdem.