DECLARARSE INCOMPETENTE de conocer la presente SOLICITUD DE VERIFICACIÓN DE SUSTANCIA y en su lugar se ACUERDA DECLINAR el conocimiento de la misma en el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, de conformidad con establecido en los artículos 49 numeral 4° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y el primera aparte del articulo 77 del Código Orgánico Procesal Penal.