Este Tribunal tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en nombre de la república Bolivariana de venezuela y por autoridad de la ley, vista que la Mediación ha sido positiva de conformidad con el artículo 133 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden Público Homologa el acuerdo de las partes, dándole efecto de cosa juzgada.