Por las anteriores razones y consideraciones, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley actuando en primera instancia declara CON LUGAR la solicitud de Conversión de la Separación de Cuerpos en Divorcio, formulada por los ciudadanos: JAIRO EXLANDY MOGOLLON URBINA y JEIDY YUSBEL ANGOLA CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas identidad Nros. V.-15.538.082 y V.-18.880.482, respectivamente, todo de conformidad con el artículo 185 del Código Civil Vigente y en consecuencia decide:
PRIMERO: Queda disuelto el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos: JAIRO EXLANDY MOGOLLON URBINA y JEIDY YUSBEL ANGOLA CONTRERAS, en fecha 26 de Enero de 2008, según acta Nro.07, por ante el Registro Civil del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira. Y así se declara......