Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por la Dra. Sonia Angarita, en su condición de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas y en consecuencia ACUERDA a partir de la presente fecha, protección por el lapso de tres (03) meses, al ciudadano MICHEL GEORGES TEKMANI SAYEG, es por lo que este Juzgado considera procedente y ajustado a derecho acordar protección al mencionad ciudadano, asi como a su grupo familiar integrado por su hijos GEORGE, SALIM Y JOSE TERKMANI, todos mayores de edad y su i esposa de nombre ANA LUISA, de conformidad con lo previsto en el artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal, medida que ha de ser ejecutada bajo los parámetros arriba explanados.