Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos YAREMYS YURISMA GONZALEZ GARCIA, ANGELY MARIA GONZALEZ GARCIA, MAYESKY DE JESUS GONZALEZ GARCIA, SUJAN RAMON GONZALEZ GARCIA Y ANA KARINA GONZALEZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. 12.864.386, 15.779.237, 15.779.419, 17.483.974, y 18.755.435, respectivamente, con respecto a su causante JESUS EVARISTO GONZALEZ GONZALEZ, ello dejando a salvo el derecho de terceros.