Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda en el juicio que por DESALOJO, interpuso la ciudadana DENNYS DEL VALLE GOUVEIA CONTRERAS en contra de la ciudadana DUBRASKA JOSEFINA CUFFAT CABELLO, ambas ampliamente identificadas en la parte narrativa de la presente decisión.
SEGUNDO: Se le Ordena a la ciudadana DUBRASKA JOSEFINA CUFFAT CABELLO a entregar el inmueble libre de bienes y personas ubicado en la siguiente direccion: Barrio Mamo Abajo (Conocida como vía principal de las tunitas, Sector Mamo, Frente a la entrada Marapa, Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas del estado Vargas.
TERCERO: Se Condena a la parte demandada al pago por la cantidad de MIL QUINIENTOS VEINTE BOLIVARES.....