Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas, este
Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION interpuesta, por el ciudadano, Aramis Alberto Rodríguez Mayora, ya identificado, contra la decisión dictada en fecha veintisiete (27) de octubre de 2016; por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial, que declaró INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo Por Abstención o Carencia, interpuesto por el referido ciudadano, contra la Inspectoría del Trabajo del estado Vargas. SEGUNDO: SE DECLARA INADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo por Abstención o Carencia incoado por el ciudadano, Aramis Alberto Rodríguez Mayora, contra la Inspectoría del Trabajo del estado Vargas