En este sentido, evacuada oportunamente la Solicitud que nos ocupa en la siguiente dirección: CALLE LOURDES CON CALLE EL RECREO, EDIFICIO RESIDENCIAS FARÍAS, PLANTA BAJA,PARROQUIA CARAYACA,MUNICIPIO VARGAS DEL ESTADO LA GUAIRA. Este Tribunal declara instruida la presente solicitud de INSPECCIONJUDICIAL y acuerda entregar la misma ala solicitante sin decreto alguno, de conformidad con los dispuesto en el Artículo1.428 del Código Civil en concordancia con el Artículo 472del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase. En Carayaca, a los Quince (15) días del mes de Febrero de Dos Mil Veintitrés (2023). AÑOS 212° de la Independencia y 163° de la Federación.- Siendo las Nueve y Treinta Minutos de la mañana (9:30a.m) se publicó la presente resolución.-