Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia, en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ABSUELVE a las ciudadanas DIANA CAROLINA BRAVO GONZALEZ y HERBEARI CONSUELO VELASQUEZ HERNANDEZ, de los cargos fiscales por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADORAS INMEDIATAS Y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458, en relación con el artículo 83 y articulo 277 del Código Penal, de conformidad con el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se exonera al Ministerio Público del pago de costas procesales conforme a los artículos 26 y 254 del Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.