REVOCA la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en Función Cuarto de Juicio Circunscripcional, de fecha 13 de abril de 2005, mediante la cual anuló la audiencia preliminar celebrada en la presente causa y repuso la causa al estado de que se realice nuevamente el acto anulado, ello por no encontrarse llenos los extremos establecidos en los artículos 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se ordena la remisión de la causa al tribunal de la recurrida, a los efectos de que realice el juicio oral y público, para lo cual deberá solicitar el expediente original al tribunal de control que por vía de distribución le haya correspondido.