este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUJDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia Conciliatoria y se le imparte carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada de conformidad con la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: Se fija por concepto de OBLIGACION DE MANUTENCION, la suma de: CIEN BOLIVARES (BS. 100,00) quincenales, para un total de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,00) mensuales que serán depositados los días quince (15) y treinta (30) de cada mes en una Cuenta de ahorros que el Tribunal acordará abrir para tal fin en la Entidad Bancaria BANFOANDES.
SEGUNDO: El padre JHOER JOSE MEDINA HIDALGO, se compromete en el mes de Diciembre a comprar los estrenos del día (24) y la madre ENYURI NAKARY GARCIA ORTIZ se compromete a comprar los estrenos .....