Este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal Estadales y Municipales en Funciones de Control del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: Este Tribunal se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente causa y en consecuencia declina el conocimiento del presente asunto en el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del estado Vargas, de conformidad con lo establecido en los artículos 75, 71 y 80, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.
Remítase las presentes actuaciones al tribunal correspondiente, así como los oficios acordados. Quedan notificadas las partes.-