NIEGA LA CONMUTACIÓN DEL RESTO DE LA PENA QUE LE FALTA POR CUMPLIR EN LA DE CONFINAMIENTO, solicitada por el ciudadano JHONMAR FAJARDO ROSALES, quien es de nacionalidad venezolano, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 17.075.620, condenado a cumplir la pena de SIETE AÑOS Y DIEZ MESES DE PRESIDIO por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 460 y 277 ambos del Código Penal vigente para el momento de los hechos, al no estar acreditado los requisitos legales exigidos en el artículo 20 del Código Penal.