DECLARA INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por el Dr. RICHARD MONASTERIO MARRERO, actuando en condición de Fiscal Superior del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, incoado en contra de la decisión dictada en fecha 2 de Junio de 2008, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control Circunscripcional, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.