Por todos los razonamiento antes, este Tribunal de Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA IMPUESTA, así como la RESPONSABILIDAD PENAL del ciudadano MONASTERIO SOLIS OSCAR JOSE, de nacionalidad Venezolana, natural de Ocumare del Tuy, de 33 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, domiciliado en el Calvario, sector Tocuyito, entrada Machillanda, casa sin Nro., color azul, Ocumare del Tuy, Estado Miranda, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.760.267, por la comisión del delito de HOMICIDO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408 Ordinal 1° del Código Penal (vigente para el momento de los hechos), por cumplimiento de la pena y se acuerda su LIBERTAD PLENA; de conformidad con lo establecido en el artículo.....