PRIMERO: HOMOLOGADO el convenimiento de la parte demandada efectuado por los ciudadanos Licia Hermildes Casanova de Useche y José Orlando Useche Casanova, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-1.530.956 y N° V-9.212.151 respectivamente, asistidos del abogado Marcos Alexis Suárez Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 183.959, del documento privado de fecha 6 de noviembre del 2017, inserto al folio 2 del expediente, consistente en la venta de un inmueble consistente de un lote de terreno propio, con una casa para habitación, consistente de tres (3) habitaciones, sala, comedor, cocina, y un (1) baño, con techo de acerolit y pisos de cemento pulido, ubicado en Llano del Basto, Aldea el Uvito de Municipio Michelena, Estado Táchira
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo