Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: Por las razones antes expuestas este Tribunal Superior del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, actuando en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada, ciudadano FRANCESCO LUCA RUSO, titular de la cédula de identidad N° V-10.578.618, debidamente representado por el Abogado JOSÉ RAMÓN SOLÓRZANO PERDOMO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.055. SEGUNDO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano SALVATORE LUCA RUSSO, titular de la cédula de identidad N° V-10.578.618, V-11.644.274, actuando en su carácter de tercero interesado, conforme al artículo 297 del Código de Proced.....