éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana DAYANA MARVELY LOPEZ MARTINEZ, quien es venezolana, mayor de edad, soltera y titular de la cédula de identidad Nro. V-16.105.817, sobre las bienhechurías, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.