declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el artículo 185 del Código Civil Venezolano, y del criterio jurisprudencial contenido en la Sentencia número 693-215 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por consiguiente declara DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos RICHARD ALEXANDER HERNÁNDEZ REYES y LISSETY DEL CARMEN ARROYO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros V-20.783.866 y N° V-6.293.589, respectivamente, contraído en fecha dos (02) de noviembre del año dos mil diecinueve (2019), por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Carlos Soublette, Municipio Vargas del estado La Guaira, según consta en el acta N° 109, del folio 109, de los Libros de Matrimonio llevado por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes.