CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el criterio jurisprudencial contenido en la Sentencia N° 1070-2016, en concordancia con la sentencia N° 136-2017, emanadas de la Sala Constitucional y la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, por consiguiente declara DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos: RAFAEL ENRIQUE LASTRA ALARCON y ISMARY COROMOTO ABREU MERLO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.494.739 y ° V- 6.896.159, respectivamente, contraído por ante por ante el Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según Acta N° 41, de los libros de matrimonios llevados por ese registro, correspondiente al año 2002. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes.