Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA que por DESALOJO incoara la ciudadana REYNA DEL VALLE RAMOS GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº 7.996.565; contra la ciudadana XIOMARA JOSEFINA TOVAR MARVAL, venezolana, titular de la cèdula de identidad Nº 6.484.420.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a entregar a la parte actora, libre de bienes y de personas, un inmueble identificado en autos como: ubicado en el Barrio Ezequiel Zamora, subida al Sector de Valle La Cruz, Parroquia Catia La Mar, estado Vargas, cuyos linderos son: NORTE: con casa que es o fue de Rafael Ramos, SUR: Con casa que es o fue de Carmen Betancourt; ESTE: con casa que es o fue de Lourdes Bron; OESTE: con casa que es o fue de Rosario Per.....