Sobre la base de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano penado MILLET ANGEL MARQUEZ GARCIA, quien dice ser de Nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, y titular de la cédula de identidad Nro. V.-13.160.109 por la comisión de los delitos de ROBO GENÉRICO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN COMO COOPERADORES NO NECESARIOS, previsto sancionado en el artículo 455 en relación con los artículos 80 y 83 del Código Penal, así como a las penas accesorias contempladas en los artículos 16 numeral 1° del Código Penal, lo procedente es acordar la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, fijándose el plazo de Régimen de Prueba por el tiempo que le falte, por cumplir y quedando obligado a cumplir las condiciones est.....