PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO en contra del acusado ONEXIMO JOSE VIVAS VELAZCO, de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, estado Táchira, fecha de nacimiento 06-02-1964, de 49 años de edad, soltero, titular de cedula de identidad N ° V- 5.680.073, con residencia Urbanización Juan de Maldonado, calle 3 con carrera 9, Casa Numero 3-70 , estado Táchira, teléfono 0416-139-42-78.; a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO , previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en concordancia con los articulo 153, 154, 254 numeral 2, del reglamento de la Ley de Transito Terrestre, en perjuicio de los hoy occisos JULIO CESAR MENDEZ y ZULAY MARBELLA NOGUERA LONDOÑO y LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto en el artículo 420 numeral 2do en relación con el 414 del código penal, en relación con el articulo 88 del código penal, en perjuicio la ciudadana CAÑOLA SUGEY MA.....