PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR LA SOLICUTUD DE NULIDAD INTERPUESTA, por el abogado DENYS ENRIQUE SALAZAR GARCIA en lo que respecta a la forma como se produjo la aprehensión del ciudadano JUAN DANIEL MEZA MARCANO, titular de la cédula de identidad N° V- 13.044.580, al no configurarse los supuestos contenidos en los articulo 174 y 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada en fecha 08/08/2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en lo Penal en funciones de Control de este Circuito Judicial, mediante la cual decreto MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano JUAN DANIEL MEZA MARCANO, titular de la cédula de identidad N° V- 13.044.580,, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA Y POR MOTIVOS FÚTILES, previsto y sancionado en los artículos 406, numeral 1 del Código Penal en perjuicio del adolescente A.E.M.L de 17 años de edad (cuya identidad por razones de ley se omite), y U.....