Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO : PROCEDENTE, el punto previo relacionado con la impugnación de la cuantía, establecido por la representación judicial del ciudadano FELIPE SALVADOR REYES ZUMETA SABAL, titular de la cédula de identidad N° V-6.914.789.
SEGUNDO: INCOMPETENTE EN RAZÓN DE LA CUANTIA, para conocer de la presente demanda de RESOLUCION DE CONTRATO DE COMODATO, interpuesta por los ciudadanos DANIEL JOSE SABAL BERTI y RAFAEL JOSE SABAL BERTI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 17.402.370 y V-14.889.407, respectivamente, en contra del ciudadano FELIPE SALVADOR REYES ZUMETA SABAL, titular de la cédula de identidad N° V-6.914.789.
SEGUNDO: DECLINA el conocimien.....