Vista la diligencia suscrita por el Ciudadano: FREDDY ROLANDO MORENO VILLAMIZAR, de fecha 11 de Noviembre de 2.010, en la cual solicita la extinción de la obligación de manutención por cuanto su hijo ya cumplió la mayoría de edad y actualmente no se encuentra estudiando, conforme consta en oficio N° 0145-10, de fecha 29 de Septiembre de 2.010, emanado de la UPEL Rubio, en el cual informan al Tribunal que el Ciudadano: (omissis), titular de la cédula de Identidad N° V-19.033.051, NO ES ALUMNO REGULAR DESDE HACE DOS AÑOS, de esa Institución, por lo cual pide el cierre del expediente y el archivo del mismo. Así mismo se evidencia en autos que la parte solicitante ciudadana MARIA DELFINA RAMIREZ, no ha realizado ninguna actuación en la presente causa, al igual que no ha consignado ninguna constancia de estudio actualizada del beneficiario, desde el 01 de Junio de 2.009, transcurriendo hasta la fecha un año y cuatro meses sin impulso de la parte solicitante.
Razón por la cual tomando en c.....