Se declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos CLEMENCIA LUCRECIA HERNANDEZ REQUENA, ZOLANO RAMON MEDINA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las ccédulas de identidad Nros. V-2.897.222 y V-1.937.733 y el ciudadano JOEL ALFONSO POVEDA, de nacionalidad cubano, mayor de edad y titular del Pasaporte Nro. H429539, con respecto de la de cujus: SOLIANY DEL VALLE MEDINA HERNANDEZ, quien falleció en fecha 09/08/2015, y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad Nro. V-13.225.088, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.