ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECIDE:
ÚNICO: ACUERDA LA PRORROGA PARA PRESENTAR ACTO CONCLUSIVO POR EL LAPSO DE QUINCE (15) DIAS, adicionales contados a partir de la fecha del vencimiento de los treinta días, desde que se decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en la causa seguida al imputado LENDER DARIO BELTRAN GRIJALBA, de nacionalidad Colombiana, natural de Cúcuta, República de Colombia, indocumentado, nacido el 06 de Diciembre de 1988, de 19 años de edad, de profesión u oficio obrero, de estado civil Soltero, residenciado en Táriba, por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes, en perjuicio del Estado V.....