PRIMERO: Se condena al ciudadano acusado: ANDRES FERNANDO PEREIRA LEDEZMA, venezolano natural de Maracay, nacido el 02-05-1973, de 44 años de edad, soltero de profesión u oficio u ocupación técnico superior en Turismo, provisto del pasaporte de la República Bolivariana de Venezuela 7464035, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7464.035, residenciado en Carretera 24, entre 15 y 16, Barquisimeto, Estado Lara,, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, por ser autor en la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos, y en virtud de la aplicación de la disposición contemplada en el artículo 376 del código adjetivo penal vigente como lo es la Admisión de Hecho, se computa como data prov.....