DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: ADMITE en su totalidad la solicitud presentada por el DR. GUSTVAO GONZALEZ, en su condición de Fiscal Sexto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra del ciudadano EUMELVI ENRIQUE PARRA PEÑA, de nacionalidad Venezolana, nacido en el estado Zulia, el día 01-10-1968, de 40 años de edad, estado civil Soltero, hijo de Ermon Parra (v) y de Emum Peña (v), profesión u oficio Conductor, titular de la cedula de identidad N° 10.685.890, residenciado en Santa Crus, Pueblo el Remolino, casa S/N, de color mandarina, Calle Rio Negro, Estado Zulia..
Segundo: DECRETA la privación judicial preventiva de libertad del imputa.....