Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, DECLARA TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechurias antes descritas, a favor de los ciudadanos: DIONISIO ALEXANDER DELGADO MARQUEZ, FRANCISCO ALBERTO DELGADO MARQUEZ, MONICA DEL JESUS DELGADO MARQUEZ, NARKYS JOSEFINA DELGADO MARQUEZ, RODOLFO DELGADO MARQUEZ y SERGIO DELGADO MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros: V-6.498.567, V-6.483.119, V-10.580.273, V-9.995.884, V-12.459.209 y V-15.267.606, respectivamente, sobre unas bienhechurías ubicadas en: Con frente a la Calle Principal de la Población de Oritapo, Parroquia Caruao del Estado Vargas, el cual se encuentra construida sobre un terreno que no es propi.....