Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
Impone como Medida de Aseguramiento, al ciudadano imputado IDENTIDAD OMITIDA ART.65 LOPNA, permanecer en el Centro Diagnostico y Tratamiento San Cristóbal, hasta el momento de la celebración de la audiencia preliminar, la cual se fijo para el día Jueves 20 de abril de 2006 , a las 09:30 de la mañana, oportunidad en que se realizará la audiencia preliminar, de conformidad con lo previsto en la parte in fine del artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, garantizando así la celebración de la misma. Notifíquese a la victima. Librese la correspondiente boleta de la victima con carácter urgente.
Terminó, se leyó y conformes firman los presentes quedando .....