se decreta la suspensión de la sanción impuesta libertad asistida reglas de conducta al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, Titular de la cédula de identidad Nro. V- 17.484.146; hasta tanto se resuelva la causa seguida en el Tribunal Tercero de Control del proceso Ordinario de este mismo circuito Judicial Penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 647, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.