se  decreta  la suspensión  de la  sanción impuesta libertad asistida reglas de conducta  al  adolescente: IDENTIDAD OMITIDA,  Titular  de la  cédula  de identidad  Nro. V- 17.484.146; hasta tanto se resuelva la causa seguida en el Tribunal Tercero de Control del proceso Ordinario de este mismo circuito Judicial Penal,  todo de conformidad con lo establecido en el artículo 647,  de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.