DECLARA EN REBELDÍA al joven IDENTIDAD OMITIDA, y en consecuencia se ordena su inmediata ubicación con ORDEN DE CAPTURA, de conformidad con el artículo 617 de la LOPNA, por haberse fugado el día 31/03/2007 del Centro de Formación Integral Carolina Uslar. Suspendiéndose la ejecución de sanción de Privación de Libertad hasta tanto sea aprehendido este efebo.