Por las razones expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos: FRANCISCO JOSE IRIARTE ALVAREZ Y NINA ARGELIS CAMPOS CEDEÑO, venezolanos, casados, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-6.480.074 y V-6.904.538 respectivamente, y así se decide; y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo conyugal que los unía desde el día 24 de Noviembre de 1983, contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Teresa, departamento Libertador del Distrito Federal. Así se decide.