PRIMERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda de OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA, formulada por la ciudadana CORTES GIMÉNEZ CARMEN, colombiana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 38.941.522, en contra del ciudadano RAFAEL JAIMES VALERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.077.518, en beneficio de los adolescentes REINA HIDELMAR y CRISTIAN RAFAEL JAIMES CORTES, identificados con Partida de Nacimiento N° 2074 y 801, de fechas 19 de Junio de 1989 y 17 de Marzo de 1992 (respectivamente), expedida por la Prefectura de la parroquia la Concordia, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, de conformidad con lo señalado en el artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 366, 369 y 511 y 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.