PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la demanda de cobro de Bolívares por el procedimiento de intimación, convertido en Juicio breve, intentada por JOSE ANGEL PORTALES, mediante apoderado en procuración, contra el ciudadano GREGORIO ALCIDES QUINTERO GONZALEZ.
SEGUNDO: SE CONDENA a la demandada GREGORIO ALCIDES QUINTERO GONZALEZ, en la cancelación a la demandante, JOSE ANGEL PORTALES las siguientes cantidades:
a) La suma de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,oo) por concepto del capital adeudado y reflejado en la letra de cambio demandada.
TERCERO: SE DECLARA CON LUGAR la indexación. A tal efecto, SE ORDENA el cálculo del ajuste monetario que deberá hacerse sobre la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,00); desde la admisión de la demanda ocurrida el 12/08/2009 hasta la fecha en que quede definitivamente firme esta sentencia.
Una vez quede firme el presente fallo, se fijará la oportunidad para el nombramiento de un único Experto, a fin de que realice el cálculo de la indexa.....