Ahora bien, conforme a lo anteriormente expuesto, considera este Tribunal que la prueba de Inspección Judicial solicitada por la parte demandante, en el resulta inadmisible por ilegal, al existir una disposición legal y jurisprudencia de la Sala Constitucional de carácter vinculante que establece una prohibición de examen general sobre los libros de comercio por violación del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. ASÍ SE DECIDE.