Se REPONE la causa al estado en que se encontraba para el día 20 de mayo de 2009, cuando se consignó en el expediente la constancia de que había fallecido el demandado, ciudadano Leopoldo Abdón Rosas Rodríguez, con el objeto de que se cumplan los trámites a los que se refiere el mencionado artículo 144 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase el expediente al Tribunal a quo mediante oficio al décimo primer (11er) día de despacho siguiente a la presente fecha.