Se declara de conformidad con el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, la homologación de la Transacción Judicial, presentada por las partes contendientes en el presente juicio, en la Audiencia de Mediación celebrada en este Despacho.
De conformidad con lo pautado en el Artículo 277 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.