En orden de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada, mediante escrito de fecha 18 de abril de 2017.
SEGUNDO: ADMITE cuanto ha lugar en derecho y salvo su apreciación en la sentencia definitiva, las documentales promovidas por la demandada Betty Amanda Pineda Torres en el particular SEGUNDO, numerales I, II, III, IV, V, VI y VII de su escrito de promoción de pruebas; así como la prueba de exhibición de documentos, numerales I, II, III, promovida en el particular TERCERO de dicho escrito; y NIEGA la admisión de las fotografías promovidas en el particular QUINTO del mismo.
TERCERO: Queda MODIFICADO el auto de fecha 06 de abril de 2017 dictado por el Juzgado Tercero de Primera.....