Con base a la motivación precedente, este Juzgado de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA al ciudadano penado EVELIO DE JESUS MALAVE LOPEZ, quien dijo se de nacionalidad venezolana, lugar de nacimiento la Guaira, Estado Vargas, e identificado con cedula de identidad Nº 19.122.725, el otorgamiento de la fórmula alternativa de cumplimiento de pena, referida a la Autorización para el Trabajo fuera del Establecimiento, donde el Equipo técnico luego de la evaluación considera en emitir una opinión de Conducta DESFAVORABLE, al igual de no estar dados los requisitos exigidos por el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal