Se dicta Resolucion Interlocutoria que declara: Es criterio de quien juzga, en todo concorde con lo anteriormente expuesto, que habiéndose acumulado distintas pretensiones en el libelo de la demanda, cuyos procedimientos son incompatibles entre sí, y siendo esta materia de orden público es imperativo declarar INADMISIBLE la presente demanda de INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, interpuesta por el ciudadano JIMENEZ GRANADINO ALEXANDER MIGUEL, titular de la cédula de Identidad N° V-9.956.847, contra el ciudadano JAVIER ALEXANDER VALERIO NARVAEZ, titular de la cédula de Identidad Nro. V.15.457.442, y así se decide.