CONDENA al Ciudadano ARÍSTIDES RODRÍGUEZ PÉREZ, quien dijo ser: de nacionalidad Venezolana, natural Barranca, Edo. Táchira, donde nació el día 20-03-75 de 27 años de edad, hijo de MARIA CELIAN RODRÍGUEZ y PEDRO JESÚS RODRÍGUEZ, titular de la Cedula de Identidad N° 13.365.851, A CUMPLIR LA PENA DE DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, en el establecimiento penitenciario que a tal efecto designe el Ejecutivo Nacional, COMO AUTOR RESPONSABLE DE LA COMISIÓN DEL DELITO DE TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en virtud de la aplicación del Procedimiento Por Admisión de los Hechos previsto en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal;