ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JUAN AUDEX GUEVARA, en su carácter de Defensor Público Penal del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en contra de la decisión dictada en fecha 21 de octubre de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, mediante la cual se le decretó la DETENCIÓN PREVENTIVA JUDICIAL, prevista en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO FRUSTRADO, tipificado en el artículo 458, en relación con el artículo 80 ambos del Código Penal, por cuanto dicho fallo comprende uno de los pronunciamientos contenidos en el literal "c" del artículo 608 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes que pueden ser impugnadas, tal como lo dejo sentado la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia N ° 839 de fecha 07/06.....