Por lo antes expuesto, éste Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la pérdida del interés de la peticionante AMARIA TERESA DOMINGUEZ MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-4.556.630, en cuanto a su solicitud de Titulo Supletorio, extinguido el procedimiento, se ordena la remisión del expediente al Archivo Judicial. Así se decide.