Se dictó sentencia y se declaró, CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACION DEL ACTA DE MATRIMONIO de la ciudadana MARIA DA SILVA GONCALVES, la cual corre inserta en en los Libros de Registro Civil para Matrimonios llevados ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Carayaca, Municipio Vargas del Estado Vargas, bajo el Nº 78 Vto. al 78 y su Vto., bajo el Nº 36, correspondiente al año de 1.978.